También conocido como Alianza estratégica. Comúnmente en la práctica se confunden
estos términos, financieros, colegas abogados, contadores, economistas y
empresarios a todo lo que parezca sociedad le llaman Joint Venture, no es
capricho distinguirlas, es una necesidad de las empresas para conocer que tipo
de contrato se desea celebrar.
Que tienen en común estas tres figuras?
Que son contratos atípicos porque la Ley no los regula de manera específica e
innominados porque la Ley tampoco los reconoce como tal con esos nombres, esto
no significa que no puedan existir pues su fundamento se encuentra en la libre
manifestación de la voluntad de las partes para contratar.
Para poder comenzar a diferenciarlas es
importante establecer que el Joint Venture es el género y las Alianzas
Estratégicas y Coinversiones son la especie.
Joint
Venture: Es la unión entre dos o mas empresas
para un fin. Es un contrato asociativo, en el que el fin de las sociedades
puede ser diverso, por ejemplo: formar una nueva sociedad con una empresa
extranjera.
Alianzas
Estratégicas: Es el acuerdo entre dos o mas
empresas en el que cada empresa aporta cualidades o características que la otra
necesita para un fin que puede ser común o diverso, no es requisito que ambas
tengan el mismo fin, en este Contrato las partes no invierten dinero, pues lo
que aportan como ya se dijo son cualidades o características; por ejemplo:
Dentro de algunos establecimientos de Office Max existen oficinas de paquetería
que usan las instalaciones de la tienda para recabar los envíos, en este
ejemplo claramente la intención de Office Max no es hacer envíos, sino recibir
clientes que además de hacer un envío puedan consumir productos y por parte de
la empresa de paquetería su intención es contar con un lugar en que puedan
estar mas al alcance de sus usuarios a un bajo costo con una buena imágen.
Coinversión: En este tipo de Joint Venture las empresas unen
esfuerzos para un negocio en común y a diferencia de la Alianza Estratégica las
partes invierten dinero o bienes para el fin común que es obtener ganancias.
Cláusulas:Las Cláusulas de este tipo de Contrato
pueden ser muy diversas y es que como ya se dijo este tipo de Contratos no son
regulados de manera específica por la Ley Mercantil, algunas Cláusulas comunes
son:
Exclusividad, Determinación Geográfica, Licencias de Uso de Marcas o
Patentes, Fijación de índices de utilidades, Cláusula arbitral y Penas
Convencionales, entre otros.
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